La circulación de camiones por las principales rutas nacionales del país estará restringida hoy, entre las 18 y las 20.59, para facilitar el facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en el retorno turístico del fin de semana largo por el feriado puente, que se pegó al Día de la Soberanía Nacional.
Así lo informó la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que precisó que la medida regirá en la mano descendente en el caso de la Autopista Buenos Aires-La Plata, Autopista Ricchieri / Oeste y Acceso Norte.
En el caso de las rutas nacionales 5, 8, 11, 20, 22, 33, 34, 35, 38 y 40 la restricción para circular en el caso de los camiones será en ambos sentidos a partir de las 18 y por casi tres horas.
También estará limitada la circulación de camiones en ambos sentidos de circulación en las rutas nacionales 105, 158, 174, 188, 205, 226 y 231, según se informó mediante un comunicado de prensa.
En la Provincia
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, por otro lado, informó que la restricción en sentido a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será de 14 a 23.59. Se tomó la misma medida en el inicio de este fin de semana largo.
- La Autopista Buenos Aires-La Plata, desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta La Plata.
- La Ruta Provincial Nº 2 (Autovía 2) desde el km 40,5 del ramal Buenos Aires-Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires-La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
- En la Ruta Provincial Nº 11, desde su intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal), mientras que en la Ruta Provincial Nº 36, desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas).
- En la Ruta Provincial Nº 56, desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
- En la Ruta Provincial Nº 63, desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).
- En cuanto a ruta Provincial Nº 74, desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).
Desde el área provincial precisaron que se exceptúan “de toda restricción para circular, temporaria o permanente” a los vehículos del autotransporte de cargas menores a siete (7) toneladas de porte bruto y a los vehículos que a continuación se detallan: de transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados; de animales vivos; de pescado y mariscos congelados; de productos frutihortícolas en tránsito; de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual; de atención de emergencias; grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado.
También están exentos los de transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo; de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
Al igual que los de transporte de medicinas; de transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos; que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial; de sebo, hueso y cueros; y cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.