Cómo hacer el trámite para no perder el subsidio a la luz y el gas, y hasta cuándo hay tiempo


Foto: Mario Mosca

Los subsidios a los servicios públicos ya no son de aplicación automática y sólo permanecerán vigentes para aquellos usuarios que los soliciten a través de internet. Así lo dispuso la Secretaría de Energía mediante una resolución que establece que cerca de 1.7000.000 usuarios que fueron incorporados automáticamente al RASE como hogares de bajos ingresos (N2), deberán reingresar al sistema de forma individual antes del 5 de agosto próximo.

De ese modo, los hogares de ingresos bajos y medios puedan mantener los subsidios a la energía eléctrica y al gas de red siempre que les correspondan y los gestionen. Quienes no cumplan con el trámite serán catalogados como N1, es decir como usuarios de altos ingresos, y, por lo tanto, perderán el subsidio.

El subsidio está dirigido a todos los usuarios que actualmente reciben estos beneficios en sus hogares. Para completar el trámite, se necesita contar con ciertos datos personales y del servicio. Los datos personales incluyen el DNI del solicitante y de todas las personas que conviven en el domicilio para el cual se está solicitando el subsidio.

También se requiere información sobre la situación laboral, los ingresos mensuales totales del hogar y el número de CUIT o CUIL.

Además, es indispensable tener a mano los números de medidor, de cliente, cuenta, servicio, contrato y/o NIS (Número de Identificación del Suministro) que aparecen en las facturas de luz y/o gas, para poder asociarlos correctamente con el hogar.

Dónde me inscribo para recibir el subsidio a la luz y el gas

Para iniciar el trámite, es necesario registrarse en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Este proceso comienza ingresando al formulario correspondiente, donde se deben seguir atentamente los pasos indicados y asegurarse de que todos los datos ingresados sean correctos, ya que este documento tiene carácter de declaración jurada.

Una vez completado el formulario, se obtendrá un código de confirmación de la solicitud. Este código, que se puede descargar como archivo PDF, debe ser guardado como constancia y es crucial para consultar el estado del trámite a través de la aplicación MiArgentina.

El trámite es completamente gratuito. Es importante destacar que todas las personas deben inscribirse, incluyendo aquellas que reciben una jubilación, pensión o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

Incluso si la factura del servicio no está a nombre del solicitante, es posible realizar la solicitud indicando que no se es la persona titular. Esto es especialmente relevante para aquellos que alquilan o residen en propiedades que no son de su propiedad, ya que pueden recibir el subsidio como usuarios de los servicios.

En caso de tener más de un servicio de electricidad o gas a nombre del solicitante, solo se deben completar los datos del servicio de un solo domicilio. Es fundamental cumplir con este procedimiento para continuar recibiendo los subsidios y garantizar el acceso a los servicios públicos esenciales con tarifas reducidas.

Preguntas claves sobre el subsidio

1. ¿Para qué servicios públicos aplica la solicitud?

La solicitud aplica para los servicios de energía eléctrica y gas natural por redes.

2. ¿Qué tengo que hacer para mantener los subsidios a la luz y el gas?

Si ya te anotaste, no tenés que hacer nada. Si nunca te inscribiste, tenés que completar el formulario de inscripción que tiene carácter de declaración jurada. Luego el Estado Nacional va a evaluar la información disponible y asignarte el subsidio que te corresponda de acuerdo a las condiciones socio-económicas de tu hogar.

3. ¿Quiénes deben completar la solicitud?

Deben completar la solicitud quienes quieran acceder a los beneficios del NIVEL 2 o 3 y nunca hayan completado la solicitud. La iniciativa está destinada a usuarios residenciales y personas mayores de 18 años.

4. ¿Los usuarios con Tarifa Social o Electrodependientes deben completar el formulario?

ATENCIÓN: Si nunca se inscribieron en el RASE y quieren acceder o mantener los beneficios de N2 o N3, deben inscribirse antes del 5 de agosto de 2024. Si no se inscriben, mantendrán la Tarifa Social, pero no podrán acceder a las bonificaciones previstas para N2 o N3 hasta que se inscriban.5. Si no puedo completar la solicitud digital, ¿qué otra alternativa existe para inscribirme?

Podés comunicarte al Centro de Atención Telefónica (CAT) al 0800 222 7376. o acudir en forma presencial a la prestadora o a los entes reguladores.

6. ¿Cómo puedo modificar o eliminar mi solicitud?

Si omitiste datos, cometiste errores o cambio tu situación patrimonial o del hogar, podés rehacer la solicitud o eliminarla ingresando acá.

7. ¿A qué beneficios accedo una vez inscripto?

Podés acceder a bonificaciones en el precio de gas y energía eléctrica.

8. ¿Qué pasa si vivo en Zona Fría?

  • Si sos usuario de gas N2 ubicado en el área licenciada a Camuzzi Gas del Sur S.A., tendrás una bonificación del 24% sobre tu consumo excedente (además de la bonificación general sobre el consumo base).
  • Si sos usuario de electricidad, sin acceso al servicio de gas por redes y te encontrás en las regiones, provincias, departamentos y localidades de las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, correspondiente a las zonas bio-ambientales bajo norma IRAM 11603/2012, determinadas en la Ley N° 27.637 de Ampliación del Régimen de Zona Fría, el consumo base subsidiado se amplía del siguiente modo:

a) Para usuarios N2, el consumo base se fija en SETECIENTOS (700) kWh/mes.

b) Para usuarios N3, el consumo base se fija en QUINIENTOS (500) kWh/mes.

9. ¿A quiénes se les va a asignar el o los subsidios?

A todos los hogares que reúnan las condiciones socio-económicas para mantener un subsidio, que serán aquellos que:

  • Perciban ingresos totales de bolsillo menores de 3,5 canastas básicas totales de hogar tipo 2 o menores de 3,5 canastas básicas totales tipo 2 más el 22% para los hogares de la Patagonia.
  • No cuenten con 3 o más inmuebles propios.
  • No tengan 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • No tengan una aeronave o embarcación de lujo.
  • No sean titulares de activos societarios que demuestren capacidad económica plena

10. ¿Cómo se definen los ingresos totales para cada segmento?

Se entiende por ingresos totales del hogar a la suma mensual de los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar. Los ingresos totales que definen a cada segmento para el esquema de subsidios se calculan tomando como referencia el valor actual de la canasta básica tipo 2 de INDEC.

Para conocer más sobre el valor de la canasta básica total, podés ingresar a la página de INDEC

11. ¿Qué sucede si la factura del servicio no llega a mi nombre?

Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no sos la persona titular.

12. ¿Tengo que cambiar la titularidad del servicio para acceder al subsidio?

No, podés acceder igual sin tener que cambiar la titularidad. Lo importante es asociar a las personas que conviven en el hogar (usuarios reales) con los datos que figuran en la factura.

13. ¿Qué información de la factura del servicio tengo que tener a mano?

Tanto para solicitar el subsidio para el servicio de luz como para el de gas, en la inscripción vas a tener que completar los siguientes datos:

  • El nombre de la empresa o cooperativa distribuidora.
  • Alguno de estos 4 números: Nro de cuenta/Nro. de servicio/Nro. de cliente/NIS (sólo tendrás que completar el que figure en tu factura)
  • Número de medidor.

En esta página vas a poder ver algunos ejemplos de facturas de distribuidoras y cooperativas que te van a ayudar a identificar el número de medidor y el número de cuenta, cliente, servicio o NIS (Número Identificador de Suministro).

14. ¿La inscripción a este subsidio es compatible con otras prestaciones sociales?

Sí, la inscripción es compatible con otras prestaciones sociales. Recordá que si sos beneficiario de Tarifa Social o Electrodependiente, igualmente tenés que inscribirte para acceder a la bonificación.

15. ¿Para cuántos hogares puedo hacer la solicitud del subsidio?

Sólo podrás hacer la solicitud de subsidio por un servicio de energía eléctrica y uno de gas de red de tu domicilio declarado

16. ¿Quiénes conforman un hogar?

Se denomina hogar a todas las personas, familiares o no, que viven en el domicilio del servicio de luz y/o gas.

17. ¿Qué sucede si tengo más de un servicio de luz o gas a mi nombre?

En ese caso, solamente deberás completar los datos del servicio de un solo domicilio.

18. ¿Con la información suministrada en la declaración jurada es suficiente?

Sí. El Estado Nacional realizará un análisis en base a la información disponible en sus bases de datos administrativas, según lo autorizaste en la declaración jurada al momento de completar la solicitud.

19. ¿Dónde puedo realizar consultas sobre los subsidios?

Podés realizar tus consultas completando este formulario o llamando al teléfono 0800 222 7376.20.

20. ¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación?

Si, aún no te inscribiste, si. Tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.