Semana clave en Diputados: se trata del veto al aumento de las jubilaciones

La oposición necesita la dos terceras partes para rechazar el veto de Javier Milei a la reforma en el cálculo de la movilidad jubilatoria.

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Oficialismo y oposición trabajan para reunir el número de voluntades necesarias de cara a la sesión del miércoles en la Cámara de Diputados por la ley de movilidad jubilatoria que el presidente Javier Milei vetó.

La oposición busca revertir el veto y necesita una mayoría agravada de las dos terceras partes de los presentes en el recinto a la hora de votar.

La convocatoria a la sesión especial para el miércoles, a las 10, fue firmada por el radicalismo, Encuentro Federal, y la Coalición Cívica, y tiene el apoyo asegurado de Unión por la Patria y el Frente de Izquierda.

En defensa del veto se atrinchera La Libertad Avanza y sus socios como el PRO y el MID de Oscar Zago.

Para garantizarse el rechazo de la ley el oficialismo debe sumar 86 votos, pero no los tiene. No obstante, podría cumplir el objetivo con menos votos, ya que la mayoría especial de dos tercios que requiere la oposición es sobre los diputados presentes al momento de la votación, y no sobre el total de 257 diputados que tiene la cámara.

La Ley vetada

Contempla otorgar un 8,1% adicional para compensar la inflación de enero ya que el Gobierno había otorgado un 12,5% y el IPC de ese mes fue del 20,6% y ese es el punto que centralmente rechazaba el Gobierno Nacional con el argumento que afectará su política de déficit cero. 

También establece, como el DNU del Gobierno, aumentar las jubilaciones de acuerdo al Índice de Inflación, pero fija que se dará un aumento adicional en marzo de cada año: hay diferencias entre los porcentajes otorgados y el promedio del 50% de los salarios de acuerdo al Ripte.   

En ese sentido, fija que “adicionalmente, en el mes de marzo de cada año se aplicara el siguiente aumento: un cincuenta por ciento (50%) de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) el ano calendario anterior.  Si esta variación no hubiera sido positiva, no se aplicará ajuste alguno y el cálculo al año siguiente se hará en base al último índice utilizado”.  

 También fija un mecanismo para pagar la deuda con las cajas previsionales donde fija que se deberán cancelar las deudas con las cajas previsionales de provincias con los recursos que se obtengan de impuestos que tienen asignación específica para la ANSeS, así como el pago de las sentencias firmes dentro de los seis meses de sancionada la ley, aunque en este caso habrá una prórroga de seis meses.