La Secretaría de Comercio Interior, a través de la Subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, imputó a grandes empresas por retención en sus volúmenes de producción o falta de entrega de determinados productos de consumo masivo para su comercialización.
Se trata de las empresas Mastellone, Fargo, AGD, Danone, Molinos Cañuelas, Bunge, Molinos Río de la Plata, Unilever, P&G, Paladini y Potigian.
“Las imputaciones se realizaron luego de verificar que estas empresas habrían incumplido la intimación a incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución con el fin de satisfacer la demanda, establecida por la resolución 100/2020”, informó Comercio Interior a través de un comunicado.
En rigor, esta resolución, que establece el marco legal para la implementación de los Precios Máximos, “tiene como finalidad proteger a las y los consumidores de posibles abusos en los precios y garantizar el normal abastecimiento de productos en supermercados”.
“Del análisis de la información remitida por las empresas se comprobó una importante caída de la producción o en la distribución de diversas gamas de productos”
A partir de esta evidencia, “se realizaron inspecciones en las oficinas administrativas de diversas empresas proveedoras, lo que derivó en distintos requerimientos de información sobre stocks e inventarios durante noviembre y diciembre de 2020, y enero de 2021”.
“Del análisis de la información remitida por las empresas se comprobó una importante caída de la producción o en la distribución de diversas gamas de productos”, indicó el área que conduce Paula Español.
Y concluye: “En los casos en que se verificó una reducción de la producción o en la distribución de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza que incumplen con lo establecido en la resolución 100 y modificatorias, las imputaciones intiman a las empresas para que en el plazo perentorio de 5 días hábiles acredite ante la Subsecretaría de modo fehaciente haber dado cabal cumplimiento a la norma, y se les requiere que restablezcan los niveles de stock registrados a noviembre 2020 y arbitren las medidas conducentes para asegurar el transporte y provisión de los productos para su efectiva comercialización”.